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28 Febrero 2011, 2:34 PM
Experto chileno afirma ninguna ley sectorial está por encima de una de orden público
Escrito por: El Día
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SANTO DOMINGO.-  “Ninguna ley sectorial está por encima de una ley de orden público sobre todo cuando esta tiene rango constitucional como es el caso dominicano”.

Así lo afirmó el  asesor en Derecho de Consumo del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), de Chile y experto en Contratos de Adhesión, Jaime Lorenzini, quien dijo que  en la medida que los contratos de adhesión estén bien revisados y validados por un órgano estatal, no hay nada que temer.

Al participar en la conferencia titulada “Los Contratos de Adhesión y su evolución en la legislación latinoamericana, dictada en el hotel V centenario, el experto chileno  sostuvo que pese a que los bancos estén regulados por normas sectoriales, eso no significa que estén por encima de la regulación específica, que en el país   es la Ley 358-05 de protección al consumidor, la cual es muy clara.

“Los Contratos de adhesión  benefician a los usuarios  y proveedores porque establecen seguridad jurídica, facilitando el  mismo trato para muchos consumidores”, expresó.

Dijo que las leyes de protección al consumidor garantizan la protección de una parte que es vulnerable, como son los consumidores y que al existir un órgano que lo vigile estas normas se aplican de forma automática.  

Agregó que lo que funciona en  el Estado, en  Chile, Perú, la Unión Europea y República Dominicana, no es una norma más y  persigue  proteger una parte que es frágil y vulnerable y por tanto tiende a equilibrar una situación que es asimétrica, eso refleja que existe un orden público de protección y las normas aplican de forma automática, por sobre otras.

Precisó que existen buenas razones para invitar a un entendimiento entre  las autoridades que regulan el sistema financiero, las asociaciones de bancos y Pro Consumidor, si se pretende  darle una salida armoniosa a este tipo de conflictos, que generalmente surgen por resistencia de asumir los cambios  que se produce en la sociedad.

Indicó que el  en el caso de Chile, la revisión de los contratos de adhesión la realiza el SERNAC de manera oficiosa logrando identificar las cláusulas lesivas al interés de los consumidores las cuales han sido asumidas por los bancos de Chile, generando la confianza entre los usuarios de los servicios financieros de ese país.

 Agregó que en  Chile, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) es la segunda institución más creíble después de la iglesia católica. 

 

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